De acuerdo a lo establecido en cada convenio existe un límite de veces en que es posible realizar solicitudes de modificación al proyecto de Fortalecimiento Educativo aprobado, pudiendo crear, modificar, eliminar iniciativas y/o aumentar o reducir presupuesto, debiendo justificarse los cambios requeridos. Para hacer efectiva la reasignación de montos o modificación de iniciativas, la solicitud deberá contar con autorización formal del Ministerio de Educación, y no podrá afectar el monto global aprobado en el convenio, ni alterar sustancialmente el proyecto original.
El sostenedor/a deberá enviar la solicitud a través de un oficio dirigido al Jefe de la División de Educación General, firmado por el Sostenedor/a y Director/a. El oficio deberá ir acompañado del Formato de “Modificación y/o reasignación de montos de iniciativas de fortalecimiento educativo del Programa Liceos Bicentenario”. Una vez aprobada, se enviará el Ord. DEG de la aceptación o rechazo del cambio de iniciativa correspondiente al equipo regional y al sostenedor vía correo electrónico.
El sostenedor deberá presentar la solicitud de modificación de iniciativas y/o reasignación de montos, previo a su materialización, a través de un oficio dirigido a la Secretaría Regional Ministerial de Educación, firmado por el sostenedor/a y director/a. La solicitud de modificación será evaluada por el equipo regional, quienes revisarán la pertinencia de la modificación, que esta no modifique los montos globales del convenio y que no altere sustancialmente el proyecto original. Posteriormente, el equipo regional enviará un ordinario al Jefe de la División de Educación General para su tramitación final, recomendando la aprobación o rechazo de la modificación y certificando que se encuentra en orden la documentación presentada.
Toda modificación aprobada por el Ministerio, si altera significativamente la “Propuesta de mejoramiento de infraestructura escolar y/o adquisición de equipamiento y/o mobiliario”, se podrá modificar el convenio, siempre y cuando se ajuste al propósito del programa Liceos Bicentenario de Excelencia y dicho acuerdo sea aprobado por el correspondiente acto administrativo. Al respecto, las consultas de los sostenedores deben ser dirigida a los profesionales del equipo regional correspondiente.