Preguntas Frecuentes: Ámbito Administrativo y Presupuestario de Convenios
Aquí encontrará respuesta a algunos de los aspectos clave de los procedimientos y requisitos relacionados con el Programa:
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Según Convenio suscrito con el Ministerio de Educación existe la posibilidad de solicitar modificación y/o reasignación de montos asociados a iniciativas de fortalecimiento educativo, que fueron presentadas en el Informe de Programación y Actividades en la Secretaría Regional Ministerial de Educación y aceptadas por la Coordinación Nacional de Liceos Bicentenario. En la solicitud se pueden crear, modificar, eliminar iniciativas y/o aumentar o reducir presupuesto.
Las iniciativas implementarán, solo si el Ministerio de Educación las autoriza, a través del acto administrativo correspondiente. Podrán reasignar o modificar las iniciativas indicadas en el proyecto de Fortalecimiento Educativo, siempre y cuando no se afecte el monto global aprobado en el presente convenio, y no se altere sustancialmente el proyecto originalmente adjudicado, debiendo justificar los cambios solicitados. |
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Se puede solicitar hasta tres (3) veces modificar y/o reasignar montos de iniciativas de fortalecimiento educativo dentro del periodo definido por el convenio para ejecutar el presupuesto asignado. |
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Hasta que el gasto solicitado esté dentro de la fecha de término de ejecución de los recursos presupuestarios definido en el Convenio o del plazo de extensión solicitado y aprobado, según corresponda. |
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Se podrán solicitar la modificación de iniciativas y/o reasignación de montos, presentando la solicitud, a través de un Ordinario u Oficio conductor dirigido a el/a Jefe/a de la División de Educación General del Ministerio de Educación, firmado por el Sostenedor y Director/a e ingresado a la Oficina de Partes de la Secretaria Regional Ministerial de Educación, o bien, al siguiente correo electrónico: liceos.bicentenario@mineduc.cl con los documentos escaneados. (ver ANEXO N°7: Formato de “Modificación y/o Reasignación de Montos de Iniciativas de Fortalecimiento Educativo”. En: “Orientaciones del Programa Liceo Bicentenario 2024” pág. 40). La solicitud será aceptada siempre y cuando esté correctamente justificada, se mantenga el monto global adjudicado y no se altere sustancialmente el proyecto original. |
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Solo pueden gastar los recursos Bicentenarios reasignados una vez que hayan recibido el Ordinario de aprobación oficial de parte de el/a Jefe/a de la División de Educación General del Ministerio de Educación, el cual se enviará vía correo electrónico al sostenedor, director/a y coordinación regional respectiva |
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Se podrán solicitar la modificación de iniciativas y/o reasignación de montos, presentando la solicitud, a través de un Ordinario u Oficio conductor dirigido a la SEREMI correspondiente, firmado por el Sostenedor y Director/a e ingresado a la Oficina de Partes de la Secretaria Regional Ministerial de Educación, acompañados de los antecedentes correspondientes que justifique la modificación.
La solicitud será visada por el equipo regional, la cual debe estar correctamente justificada, mantener el monto global adjudicado y no alterar sustancialmente el proyecto original. La SECREDUC remitirá el Informe a la Coordinación Nacional del Programa, quienes la analizarán y aprobarán o rechazarán a través del correspondiente acto administrativo, el cual será compartido con el sostenedor, director/a y coordinación regional. |
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Solo pueden gastar los recursos Bicentenarios reasignados una vez que haya emitido el Ordinario de aprobación oficial de parte de el/a Jefe/a División de Educación General del Ministerio de Educación, el cual se enviará vía correo electrónico al sostenedor, director/a y coordinación regional respectiva. Además, el proyecto modificado debe volver a ingresarse en la plataforma Inframineduc. Una vez aceptada la modificación en la plataforma y obtenida la elegibilidad técnica, podrá realizar los gastos. |
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Las condiciones de transferencia de recursos varían dependiendo de la generación de cada convenio. En la cláusula cuarta y quinta del respectivo convenio se especifican las obligaciones que deben cumplirse para solicitar las respectivas cuotas.
Una vez se cumplan las condiciones, se debe enviar un oficio ordinario dirigido al SEREMI correspondiente, señalando la cuota solicitada, el ámbito al que corresponde y el monto especifico a solicitar. Este oficio debe ir acompañado del “Boletín solicitud de traspaso de recursos”. El Formato se encuentra en la página www.liceosbicentenario.mineduc.cl y en los antecedentes correspondientes señalados en el convenio. |
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Desde el mes calendario de la total tramitación del respectivo convenio se debe rendir ante la Secretaría Ministerial de Educación respectiva. La rendición es mensual en caso de las entidades públicas y trimestralmente para las entidades privadas, independiente de no existir uso de recurso. En tal caso se debe enviar las rendiciones por un monto de $0. |
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Es el lapsus de tiempo definido que el sostenedor tiene para ejecutar el proyecto y hacer uso de los recursos adjudicados. Este se fija en la cláusula séptima del convenio suscrito. |
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Sí es posible extender el plazo d ejecución, para ello, la solicitud debe enviarse dentro de la vigencia del periodo de ejecución, a través de una Oficio dirigido a el/a Jefe/a de la División de Educación General del Ministerio de Educación. En este se deben entregar una justificación y antecedentes que respalden la solicitud de extensión de plazo. Esta será revisada por la Coordinación Nacional y posteriormente aprobada/rechaza a través de correspondiente acto administrativo.
La extensión de plazo implica que en caso de existir una garantía esta debe extenderse al nuevo periodo solicitado. Finalmente, se suscribirá una modificación de convenio extendiendo el plazo, entre el sostenedor y el Ministerio de Educación. |
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Es el documento con que el sostenedor informa el cierre del Proyecto adjudicado en el ámbito presupuestario. Este debe presentarse en la Secretaría Regional Ministerial de Educación correspondiente y debe contener información cualitativa y cuantitativa.
Se debe considerar los mismos antecedentes presentados en las rendiciones de cuentas. El Formato se encuentra en la página www.liceosbicentenario.mineduc.cl |
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